jueves, 1 de mayo de 2014

Cuestionario del Capítulo VI


Cuestionario del
Capítulo VI
1-     ¿Cuáles son los principios recogido en la LOPD?
ü  Artículo 4. Calidad de datos.
ü  Articulo 5 Derechos de información recogida de datos.
ü  Articulo 6 Consentimientos.
ü  Articulo 7 Datos especialmente protegidos.
ü  Artículos 8 datos de salud.
ü  Articulo 9 seguridades de datos.
ü  Articulo 10  Deber de secreto.
ü  Articulo 11 comunicaciones de los datos.
ü  Articulo 12 Acceso a los datos por cuenta de tercero.



2-     ¿Cuáles son los derechos que pueden ejercitar los interesados según la LOPD?
Deberían ser interesado previamente de modo expreso, preciso e inequívoco de:
·         La existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, finalidad de la recogida de estos y destinatario de la información.
·         El carácter obligatorio o facultativo de las respuestas de la preguntas que les sean planteados.
·         Las consecuencias de la obtención de los datos de la negativa a suministrarlo.
·         La posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición.
·         La identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.

3-     ¿Qué tipo de derecho reconocen a un autor?
Los tipos de derechos que reconocen al autor son dos clases:
Morales y patrimoniales.

4-     ¿Cuál es la duración de los derechos de autor cuando se trata de una persona física y a partir de qué fecha se computan?
La duración es la persona natural: toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento.
Persona jurídica: setenta años.

5-     ¿Que se puede considerar delito tecnológico?
La denominación que algunos autores no admiten.

6-     ¿Cuál es la diferencia entre contratación informática y contratación electrónica?
·         La concentración de la informática es aquella que presenta dos facetas:
En la primera es en la que la tecnología de información se presenta como objeto del derecho. Y en la segunda se dice que la tecnología de información son medio de gracia.
·         La contratación electrónica es aquella que se caracteriza solamente por el medio a través del cual una o varias persona consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar algunas cosa o prestar algún servicio.



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